El pasado veintiséis de marzo de dos mil veintiuno, se reunieron los responsables del Turno de Oficio de los Colegios de Abogados de la Comunidad Valenciana, a través de videoconferencia y entre otros acordaron que,  a partir de dicha fecha, los Colegios de la Comunidad Valenciana :

 

– Tramitarán para su pago todos los talones en caso de sobreseimientos de procedimientos penales, con el límite de un sobreseimiento por designación.

 

– Para que se abonen las peticiones de fraccionamiento y aplazamiento de penas de multa en las ejecutorias penales es necesario que se fundamente la petición y acrediten documentalmente la imposibilidad de pago (SEPE. DARDE, Vida laboral…).

 

-Respecto de las suspensiones penales de la ejecuciones de las penas privativas de libertad se debe de argumentar y de fundamentar, entre otros motivos en su caso, con los respectivos artículos del Código Penal.

 

Reciba un cordial saludo,

Castellón, 31/03/2021